viernes, 11 de diciembre de 2015


ORIGEN DE LA LESGISLACION LABORAL Y CAMPO DE APLICACIÓN.
Se dedicaban a la casa, la pesca y la agricultura rigiendo por las órdenes que le impartía su cacique.
A la llegada de los conquistadores estos obligaron a los indígenas a dedicarse a la explotación de minas, los españoles para lograr su objetivo impusieron órdenes y decretos lo cual lo llamaron LEGISLACION ANDINA.
A pesar del grito de independencia solo fue a partir del 1 de enero de 1852 que empiezan a  aparecer algunas leyes sociales, que hoy se constituyen como el código sustantivo del trabajo.
-Establecieron la jubilación para magistrados que llegaran a la edad de 60 años, ley 29 de 1905.
-Ley 57 de 1915 sobre accidentes de trabajo la cual sufragaba a los trabajadores de construcción los accidentes de trabajo.
-Ley 78 de 1919 en la cual surgió el derecho a la huelga pero el estado no se comprometía a protegerla solo la aceptaba.
Así sucesivamente fueron surgiendo algunas normas y leyes para beneficio de los empleadores y trabajadores.
-Ley 96 de 1938 se creó el ministerio de trabajo que hoy se llama Ministerio de protección social.
-Ley 90 de 1946 se creó el seguro social hoy llamado instituto colombiano de seguros sociales.
La legislación laboral colombiana se desprendió de las leyes civiles, los diversos decretos y leyes expedidas por cada gobierno son origen de luchas incansables de los trabajadores quienes aún siguen en condiciones desfavorables.
En la última década surgieron grandes cambios a la legislación laboral colombiana, con la ley 50 de 1990 perdieron grandes derechos como la retroactividad de las cesantías, la pensión sanción y el reintegro de trabajadores con más de 10 años que eran despedidos sin justa causa, también se modificó el contrato a término fijo permitiendo su terminación sin límites. Al mismo tiempo la ley 100 de 1993 modifico todo lo relacionado con pensiones e introdujo novedosos avances en el aspecto de la salud.
CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO:
Contiene tres aspectos en el campo del derecho social los cuales son:
-Derecho individual del trabajo.
-Derecho colectivo del trabajo.
-El sistema de seguridad social integral.
Llegando a una conclusión en cuanto a las diferencias con lo que se debería de brindar  cualquier ciudadano este o no esté trabajando encontramos que no se prestan correctamente los servicios para quienes trabajan y para quienes no trabajan es complicado llegar a abarcar todo  el tema de seguridad social.
¿Qué asuntos regula el código sustantivo del trabajo?
A-relaciones laborales de los trabajadores particulares con sus empleados.
B-Relaciones laborales colectivas entre empleadores y sindicatos oficiales y particulares.
SERVIDORES PUBLICOS:
SE CLASIFICAN ASI:
Funcionarios de rango constitucional.
Funcionarios públicos del orden legal.
Empleados públicos de carrera.
Empleados públicos de empresas industriales y comerciales del estado y empresa de economía mixta.
Empleados públicos departamentales.
Empleados públicos municipales.
El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.
¿Qué es trabajo?
Es toda actividad humana libre y licita ya sea material o intelectual, permanente o transitoria al servicio de otra persona natural o jurídica y cualquiera que sea su finalidad siempre que se actué en ejecución a el contrato.
Aplicación de las normas: tanto el empleador como el trabajador están obligados a seguir las normas y leyes establecidas por la constitución de esto depende el buen funcionamiento de una compañía.


































jueves, 26 de noviembre de 2015


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PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL 


¿Que son los principios?
Son las reglas o normas que orientan las acciones del ser humano, son normas de carácter general, son declaraciones propias del ser humano que apoyan su crecimiento personal.

PRINCIPIO DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES: quiere decir que tenemos un derecho desde el momento que entramos en un proceso de selección hasta el proceso de contratación el cual es igualdad de condiciones y de no discriminación en el trabajo.

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PRINCIPIO DE PROTECCIÓN ESPECIAL A LA MATERNIDAD: este derecho le otorga a la mujer impunidad en su embarazo lo que quiere decir que no puede ser despedida en este tiempo ni tampoco en el momento de su lactancia.

PRINCIPIO DE IRRACIONABILIDAD A MÍNIMOS LABORALES: nos da a entender que todo trabajo tiene derecho a un mínimo legal establecido por ley y de ninguna manera el trabajador puede renunciar a el, el empleador tampoco debe ni puede pagarle a un trabajo menos de lo establecido por ley desde que cumpla con su horario.
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PRINCIPIO DE ESTABILIDAD LABORAL: quiere decir que no hay derecho para echar un empleado sin justa causa y sin aviso anticipado.

Resultado de imagen para PRINCIPIOS DEL DERECHOPRINCIPIO DE PROGRESIVO: quiere decir que el empleador a la hora de hacer cambios en el contrato de trabajo no puede hacer cambios que perjudiquen el empleado por ejemplo disminuir su salario, este será admitido solo si es mas beneficioso para el trabajador.

PRINCIPIO DE FUERO DE DISCAPACIDAD: en ningún caso la limitación de una persona, podrá ser motivo para obstaculizar una vinculación laboral, a menos que dicha limitación sea claramente demostrada como incompatible e insuperable en el cargo que se va a desempeñar.

PRINCIPIO A LA LIBERTAD DEL TRABAJO: quiere decir que cada ser humano tiene derecho a trabajar en lo que el desee.

Resultado de imagen para PRINCIPIOS DEL DERECHOPRINCIPIO DE PROTECCIÓN DEL TRABAJO: Se define este principio como la garantía ofrecida por parte del Estado a fin de salvaguardar el desarrollo del trabajo, en el marco del establecimiento de determinadas garantías, dentro de las cuales encontramos la organización institucional creada a fin de “prestar a los trabajadores una debida y oportuna protección para la

garantía y eficacia de sus derechos”.

.PRINCIPIO DE IGUALDAD DE DERECHOS: En desarrollo de este principio debemos empezar por recordar que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley. Ahora bien, en el ámbito laboral, se establece que todos los trabajadores deben ser tratados con las mismas normas y garantías, sin que exista la posibilidad de preferencias o beneficios de unos frente a otros.